Danilo crea Fondo de Cohesión Territorial para impulsar proyectos Gobierno y cabildos

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DIARIO EL MATERO, SANTO DOMINGO. El presidente Danilo Medina creó el Fondo de Cohesión Territorial con el propósito de promover entre el Gobierno central y los locales el cofinanciamiento de proyectos de inversión pública de interés común, con énfasis en los municipios más deprimidos.


La creación del organismo está contenida en el decreto presidencial 249-19, dado a conocer por la Presidencia de la República.


Con el citado Fondo, el presidente Medina señala en el artículo 2 que persigue como objetivos contribuir a la reducción de las dispararidades territoriales en las condiciones de bienestar de la población y en la provisión de servicios básicos, mediante la promoción del desarrollo económico, incluisvo y sostenible.


Además, la dinanización de la economía local y el aumento de la resilencia de las comunidades ante fenómenos naturales; impactar en la mejoría de la calidad de la inversión pública en el territorio, mediante el aumento de la eficacia en la prestación de los servicios y la efectividad de respuesta dada la cercanía con la población y la sostenibilidad de los planes, programas y proyectos en el territorio.


También contribuir a consolidar los avances en la coordinación y colaboración interinstitucional para potenciar el impacto del trabajo articulado entre el Gobierno Central y los locales, y fortalecer las capacidades institucionales de los gobiernos locales para la definición y gestión de los proyectos de inversión pública que satisfagan las necesidades de la población.


Indica, a la vez, que los recursos consignados en el presupuesto nacional al Fondo de Cohesión Territorial están dirigidos a cofinanciar las inversiones de alto impacto en el desarrollo sostenible local y la prestación de servicios municipales básicos que realicen los ayuntamientos y las juntas de distritos municipales, para que su alcance llegue a aquellos más carenciados.


Establece que para los proyectos de inversión sometidos deberán corresponderse con los lineamientos de la Estrategia Nacional de Desarrollo 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible, y que hayan sido incluidos en el Plan de Desarrollo Municipal o el Plan de Desarrollo Comunitario, cuando aplique en el Presupuesto Participativo, así como respetar la priorización elaborada por el Consejo de Desarrollo Municipal o la Junta de Distrito Municipal.


Además cumplir con los criterios para la incorporación de los proyectos de inversión en el Sistema Nacional de Inversión Pública.


Precisa que el Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo (MEPYD) desarrollará en un plazo no mayor de 30 días contados a partir de la promulgación de este decreto, un Manual de Formulación y Evaluación de Proyectos de Inversión Municipales que servirá de guía simplificada para la elaboración de un perfil básico de proyecto municipal para su ingreso definitivo al Sistema Nacional de Inversión Pública.


El decreto indica que en el Presupuesto General del Estado se consignará como aportes al referido Fondo un 0.115 % del monto destinado a gastos de capital del Gobierno central; un 0.35 % en el segundo año del monto destinado a gastos de capital del Gobierno Central consignado en el presupuesto; en el tercer año, disponer como mínimo del 1.0 % del monto destinado a gastos de capital del Gobierno


El presidente Danilo Medina ordena también en el decreto que el Informe de Rendición de Cuentan de la Inversión Pública que se remite anualmente al Congreso Nacional, incluya información sobre el uso del presupuesto asignado al Fondo, así como sus avances e impacto en el seguimiento y logro de los objetivos.


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