​Las mascarillas KN95 dejarán de venderse en España en octubre

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DIARIO EL MATERO, Madrid.-Una farmacéutica muestra varias mascarillas KN95, repartidas de forma gratuita por la Comunidad de Madrid en mayo pasado.


Una farmacéutica muestra varias mascarillas KN95, repartidas de forma gratuita por la Comunidad de Madrid en mayo pasado.EDUARDO PARRA - EUROPA PRESS / EUROPA PRESS


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Las mascarillas KN95 dejarán de venderse el 1 de octubre en España, al vencer la autorización temporal para comercializarlas, al igual que otros equipos de protección individual (EPI) sin el marcado CE ―que indica la conformidad del producto con la normativa europea―. Este permiso se aprobó ante la escasez de material en lo más duro de la pandemia. A partir del próximo mes, las mascarillas con nivel de protección FFP2, al que equivalen las KN95, y recomendadas solo para profesionales en contacto con el virus y colectivos vulnerables, solo se podrán vender si cuentan con el marcado CE.


El 23 de abril pasado, el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, “ante la situación de escasez” de EPI con el marcado CE, consideró “necesario ampliar el listado de normas consideradas como equivalentes”. El texto no solo hacía referencia a las mascarillas, sino también a productos como guantes, ropa de protección o gafas o pantallas de protección ocular o facial.


Además de las mascarillas KN95, conformes a la norma china GB2626-2006 y equivalentes en nivel de protección a las FFP2, Industria autorizó la comercialización temporal de las estadounidenses N95, R95 y P95 (norma NIOSH-42CFR84), las australianas P2 (norma AS/NZ 1716:2012), las surcoreanas Korea 1st Class (norma KMOEL - 2017-64) y las japonesas DS (norma Japan JMHLW-Notification 214, 2018), con el mismo nivel de protección.


Pese a tener “especificaciones técnicas distintas de las normas armonizadas”, la autorización temporal consideraba que estos productos “ofrecen un nivel adecuado de protección conforme a los requisitos esenciales de salud y seguridad establecidos en el Reglamento (UE) 2016/425, al objeto de obtener el marcado CE”.

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