Empleados públicos contratados a partir del 2008 no recibirán prestaciones labores

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EL MATERO, Santo Domingo- El Ministerio de Administración Pública (MAP), aclaró que los empleados que hayan ingresado al sector público a partir del 2008, cuando son despedido no tienen derecho a prestaciones laborales, según los artículos 23 y 37 de la Ley de Función Pública, no le corresponde el derecho a pago de indemnización económica, excepto en los casos que hayan sido cancelados sin justificación alguna.


De acuerdo a Donatila Guzmán, vicepresidenta de gestión pública del MAP, estas disposiciones procuran garantizar el libre acceso de los ciudadanos a los cargos públicos, cumpliendo así con los principios de igualdad de oportunidad establecido en el artículo 138 de la Constitución de la República del año 2010 y en el articulo 3 numeral 2, de la ley de Función Pública.


Esto es en respuesta a la denuncia que hiciera el Consejo Nacional de la Unidad Sindical (CNUS), de que cientos de servidores públicos están siendo cancelados sin sus prestaciones laborales correspondientes como lo es la cesantía o 

liquidación.


El Ministerio de Administración Pública, destacó que ha institucionalizado y modernizado la administración pública dominicana, “instaurando una nueva cultura de calidad evidenciado esto por el Premio Nacional a la Calidad” que ha ganado esta institución con reconocimiento a nivel internacional y con la República Dominicana como estado miembro de la Fundación Iberoamericana de la calidad, señalando que así lo confirman las mediciones del barómetro del servicio civil según las cuales República Dominicana es la séptima administración pública de América Latina y la segunda de centro América y el Caribe.


El MAP anunció además que todos los servidores que hayan ingresado al sector público a través de un nombramiento serán sometidos a concurso. 

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